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05/12/2025 - 19:10
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La Cámara Federal embarra la cancha y pide investigar el origen de los audios de Spagnuolo

Por mayoría, Irurzun y Boico impusieron que es necesario determinar la veracidad de las filtraciones en las que el exfuncionario ventiló las coimas.

Por mayoría, Irurzun y Boico impusieron que es necesario determinar la veracidad de las filtraciones en las que el exfuncionario ventiló las coimas. Fue a raíz de un planteo de la defensa, similar al que Casanello rechazó semanas atrás. El voto disidente de Farah.  

n un fallo que causó sorpresa en despachos judiciales, la Sala II de la Cámara Federal ordenó por mayoría investigar el origen y la veracidad de los audios atribuidos al extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, que alimentaron publicaciones periodísticas que a su vez derivaron en la causa penal sobre coimas y sobreprecios en el organismo. En las grabaciones se describía un sistema de recaudación ilegal vinculado a la compra de medicamentos así como el presunto pago de sobornos a Karina Milei (el famoso 3 por ciento) y Eduardo “Lule” Menem.

La resolución no anula ni los audios ni toda la investigación y las medidas que hicieron hasta ahora el fiscal Franco Picardi y el juez Sebastián Casanello. De hecho hay 15 indagatorias en pleno desarrollo desde la semana pasada. Pero lo cierto es que genera ruido y confusión.La decisión de mandar a analizar los audios fue firmada por los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico a raíz de un planteo de la defensa de la familia Kovalivker –dueña de la droguería Suizo Argentina—al que se sumó Spagnuolo.

El reclamo iba más lejos, porque pretendía la nulidad de las grabaciones y de lo actuado. Ambas defensas decían que podían ser falsas, estar adulteradas o haber sido obtenidas sin consentimiento, que no se conocía el contexto y que generaban una excursión de pesca.El juez Casanello –en la misma línea que el fiscal-- había rechazado todo. Dijo, entre otras cosas, que es habitual que una denuncia comience con trascendidos periodísticos y que el puntapié de una investigación pueden ser conversaciones privadas, donde la persona que relata ciertos hechos sabe que lo que cuenta puede ser retransmitido.

En este caso más aún, ya que se trata de un exfuncionario público. Además, los audios no fueron usados como prueba.Las conversaciones con el extitular de ANDIS como protagonista habían sido reveladas en el streaming Carnaval por Mauro Federico, Ivy Cangaro y Jorge Rial. Al poner al desnudo una aparente trama de compras direccionadas a ciertas droguerías, sobreprecios y coimas a gran escala, los diálogos (más un sinfín detalles) fueron reproducidos por distintos medios. Que están editados es una obviedad, ya que no se escucha al interlocutor. En estos días, y ante las advertencias sobre los audios, trascendió que se podrían dar a conocer los registros completos como para que se sepa quién es la otra u otras personas en una o varias conversaciones. Raúl Kollmann informó que pertenecerían al propio mundo libertario.

El fallo de la Cámara no interrumpe la causa pero genera un expediente o incidente paralelo, a riesgo de que se corra el foco sobre lo sustancial: la presunta corrupción en ANDIS, mientras se les niegan fondos y se generan mecanismos de exclusión para las personas con discapacidad y sus familias. También abre la puerta a otros futuros planteos que sigan embarrando la cancha.PosicionesIrurzun y Boico argumentaron que más allá de que la pesquisa se haya iniciado con material periodístico, parte de la información reproducida por los medios es el contenido de los audios cuyo origen está cuestionado.

“Todas las partes y el juez coinciden en señalar que aún nada se sabe sobre su origen, si fueron registrados por un particular o por la autoridad, cuáles son sus circunstancias de tiempo, lugar y contexto, ni si fueron manipulados, editado o armados total o parcialmente con inteligencia artificial”, afirman.Ahora, sostiene el voto mayoritario, existen “dos caminos no excluyentes”. Por un lado, advierten que hay que “procurar establecer su origen y veracidad” (de las grabaciones) y a la vez, dado que la investigación avanzó y se analizaron comunicaciones, movimientos financieros y patrimoniales, facturas, documentos, entienden que los investigadores deberían “exponer” “qué otros elementos abonaron la actividad jurisdiccional desarrollada si, como alegó la fiscalía, se ha omitido” la “utilización” de los audios.Algunos aspectos de estas conclusiones que causaron asombro en Comodoro Py y se escuchan objeciones como estas: con el criterio que plantea la Cámara no se podrían abrir causas con denuncias anónimas por la sospecha sobre el origen y legalidad; el trámite de una nulidad solo puede ser una excepción y, en todo caso, quien la pide debe demostrar la invalidez de aquello que pone en tela de juicio.En minoría, el camarista Eduardo Farah defendió la posición del juez Casanello.

A su entender “el contenido de los audios da cuenta –en la voz de quien sería el funcionario titular de la ANDIS—de datos precisos de personas que son reales (otros funcionarios y empresarios), de datos precisos sobre operatorias concretas en el organismo y al que seas otras personas se vinculaban (por desempeñarse allí o por ser proveedores del Estado o por haber actuado como intermediarios), de datos precisos de situaciones de la gestión del organismo y de actos de corrupción vinculados a esas operatorias y a esas personas (con indicación de monto y porcentajes de sobornos y de la forma y porcentajes de reparto de los mismos, todo lo cual exhibe prima facie verosimilitud suficiente para el inicio de una investigación…”

“No cambian mi apreciación las alegaciones sobre la edición de los audios”, agregó. También dijo que “la jurisprudencia y la doctrina han admitido la validez y consecuente incorporación al proceso penal de grabaciones efectuadas por particulares…” Sumó que las denuncias que dieron origen al expediente introdujeron otros datos sobre las compras en ANDIS y hasta la entrevista que le hizo Alejandro Fantino a Spagnuolo en julio de 2024 sobre organismo donde el conductor de sugería que se cuide y parecía aludir a Lule Menem.

En el mismo día, la Sala II también rechazó otro recurso de los dueños de la Suizo Argentina que decían que había “cosa juzgada”. Según ellos, una causa abierta el año pasado que cuestionaba las licitaciones para compra de medicamentos de alto costo y baja incidencia había sido archivada por pedido del fiscal Carlos Rívolo por inexistencia de delito. Acá la decisión fue unánime en el resultado: Boico e Irurzun dijeron que antes no había existido investigación alguna, y Eduardo Farah alegó que no había identidad entre los casos. O sea, los camaristas utilizaron este otro planteo para decir que la investigación debe continuar.

En la resolución sobre los audios ignoraron el peritaje privado presentado por Mauricio D’Alessandro, abogado de Spagnuolo, que hablaba de manipulación, edición y uso de inteligencia artificial, aunque el propio documento decía que no podía ser concluyente. Ahora hay que ver si el fiscal y el juez mandan a peritar el material, o si adoptan otra posición.

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