CAMARA EN LO CRIMINAL
Condenas dispares para los acusados de robo de armas
Se conoció la sentencia por el robo de armas de fuego del Juzgado de Instrucción de Río Turbio.
fundamentos, siendo que la parte resolutiva, hicieron lugar a los solicitado por la Fiscal de Cámara, por lo que Jorge Muñoz fue condenado a la pena de 6 años, mientas que Brian Cabana a la 5 y Rodrigo Sánchez Maldonado a la de un año y 11 meses.
Como no hubo lectura de fallos, los abogados Cesar Guzman y Joael Vallejos dialogaron con los medios de prensa presentes, y comentaron que “lamentablemente recién nos han entregado la sentencia y las expectativas eran buenas de nosotros, pero lamentablemente acaban de confirmar lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal, 6 años para Muñoz y 5 años para Cabana y 1 año y 10 meses para Maldonado”, comento Vallejos y siguió diciendo: “Nuestro trabajo es seguir impulsando la siguiente etapa procesal así que con el doctor en forma conjunta vamos a estar trabajando para tratar de revertir esta sentencia”.
Ante la consulta si irían a casación, el letrado respondió que y que van a seguir sosteniendo las irregularidades del proceso que es lo que vertimos tanto en las cuestiones preliminares como en nuestros alegatos de defensa y esperar a ver qué casación analice nuevamente las irregularidades que estuvieron alegando durante el procedimiento y van a esperar el resultado de esa instancia.
Posteriormente habló el Dr. Sandro Levin, defensor de Rodrigo Sánchez Maldonado quien comentó: “Nosotros sí tenemos buenas noticias, nuestro defendido fue condenado a un año y 11 meses, cumple la condena el día 7 de noviembre donde quedaría en libertad”, y agregó: “Esa condena nosotros pedimos la absolución en realidad de nuestro defendido, porque, ustedes escucharon los alegatos que nuestro defendido no se lo podía encuadrar dentro de lo que era la organización que había en ese juzgado para sacar de la participación que había, porque él no tenía conocimiento y de forma subsidiaria, nosotros solicitamos al Tribunal que se evalúe en su momento la pena en función de que la pena”. A su vez aclaró que cuando se impone una pena debe valorar la participación, en este caso, de su defendido que tuvo en el hecho sus condiciones personales, su edad, además de que ya llevaba cumpliendo más de un año en una prisión preventiva, sin perjuicio que nosotros seguimos sosteniendo que se lo tendría que haber absuelto”.


