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22/10/2026 - 15:12
LA JUSTICIA ORDENO ENTREGARLO A LA FAMILIA

Murió antes de terminar de pagar un auto

Un hombre había contratado un plan de ahorro para comprar un Fiat Mobi, pero falleció pocos meses después. Aunque el seguro de vida canceló la deuda pendiente.

Una familia de Luis Beltrán, en la provincia de Río Negro, obtuvo un fallo favorable luego de años de reclamos por un automóvil que nunca llegó a sus manos. El titular de un plan de ahorro había contratado en marzo de 2018 la compra de un Fiat Mobi, pero murió en julio de ese mismo año, antes de completar los pagos.

Tras su fallecimiento, el seguro de vida asociado al plan cubrió el saldo pendiente y la deuda quedó cancelada. Sin embargo, pese a que la administradora reconoció que el contrato estaba saldado, el vehículo nunca fue entregado a la familia.

La pareja del hombre, madre de la única heredera, inició entonces una serie de gestiones para obtener la unidad. Presentó la documentación solicitada, realizó reiterados reclamos telefónicos e incluso acudió a instancias de mediación, pero no consiguió una respuesta que resolviera el problema.

Ante la falta de soluciones, decidió iniciar una demanda contra FCA, la concesionaria Bahía Automotores y la aseguradora BNP Paribas Cardif Argentina.

Durante el proceso judicial, que se tramitó en Choele Choel, quedó acreditado el impacto que la situación tuvo en la vida cotidiana de la mujer. Como docente, debía trasladarse a establecimientos educativos de otras localidades y necesitaba un vehículo para cumplir con sus obligaciones laborales y atender las necesidades de su hija.

La falta del automóvil que ya debía estar cancelado la llevó a adquirir otro usado mediante un crédito prendario, lo que implicó asumir nuevas obligaciones económicas.

Al analizar el caso, la Justicia consideró que el plan de ahorro, la intervención de la concesionaria y el seguro de vida formaban parte de una misma relación de consumo. Por ese motivo, condenó solidariamente a las tres empresas, al entender que debían responder por los incumplimientos y garantizar un trato adecuado a la consumidora.

El fallo también cuestionó la falta de información precisa sobre el estado del trámite y tuvo en cuenta los reiterados reclamos que, según se acreditó durante el expediente, no obtuvieron una solución efectiva.

La sentencia de primera instancia fue dictada en diciembre de 2025. Las empresas apelaron la decisión, pero la Cámara de Apelaciones de General Roca confirmó la condena meses después.

Bahía Automotores sostuvo que su participación se había limitado a promocionar el plan de ahorro y que no debía responder por la falta de entrega posterior. Sin embargo, los camaristas rechazaron ese argumento y señalaron que la concesionaria había sido la cara visible de la operación comercial frente a la consumidora.

Por su parte, FCA había justificado la retención del vehículo alegando que la mujer no lo había solicitado formalmente. La Cámara consideró que la administradora también había incumplido sus obligaciones al no comunicar de manera fehaciente la cancelación de la deuda y remarcó que no correspondía exigir requisitos que no habían sido informados previamente.

El tribunal mantuvo la indemnización por la privación de uso del vehículo, al considerar que la falta de un automóvil ya cancelado podía afectar tanto la organización familiar como el desempeño laboral. Aunque redujo levemente los montos correspondientes al daño moral y al daño punitivo, la condena quedó establecida en más de 24 millones de pesos.

Además de la indemnización, las empresas deberán entregar un Fiat Mobi cero kilómetro o el modelo actual que lo reemplace en el mercado.

Bahía Automotores presentó un último planteo ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, donde cuestionó la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y sostuvo que no había celebrado directamente el contrato. Sin embargo, el máximo tribunal provincial rechazó la queja y cerró la discusión judicial al considerar que la firma no había demostrado un error concreto en la resolución cuestionada.

De esta manera, quedó firme la condena que obliga a las tres compañías a responder por el caso, con la entrega del vehículo y el pago de una indemnización millonaria a la familia.

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Por Redacción
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